Algunas de las razones que justificarán la promoción de denuncias, ante una situación de deficiente Administración de Justicia
En este artículo, se pretende hacer una breve mención, de algunas de las razones válidas, que justificarán la promoción de las pertinentes denuncias, ante una situación de deficiente Administración de Justicia.-
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Por resultar incompatible el desconocimiento de la ley adjetiva (Códigos Procesales), como de la reglamentaria (Acuerdos de la Suprema Corte de la Provincia y de la Corte Suprema de la Nación), y la de fondo (Código Civil, de Comercio, Penal, etc.); con el conocimiento que resulta propio de la capacidad técnica profesional, exigible a los funcionarios judiciales (funcionarios públicos) en el ejercicio de sus cargos.-
- Por perjudicarse al litigante, pues ante una deficiente Administración de Justicia en una determinada instancia, éste se encontrará obligado a recurrir a una instancia superior. Con relación a ello, cabe tener presente que, conforme a la propia estructura piramidal en que se halla organizado el Poder Judicial, resultarán cada vez mayores los requisitos exigidos a los fines de acceder a la Justicia de esa nueva instancia. Es decir que, en algunos supuestos, no se admitirá tal posibilidad. A modo de ejemplo, cabe mencionar que, para que resulte admisible la apertura de la instancia extraordinaria en lo que concierne a cuestiones de hecho y de prueba, se deberá acreditar el error grosero y manifiesto, configurante del absurdo evidente.-
- Por encontrarse comprometida la Seguridad Jurídica y, como consecuencia de ello, la necesidad de certeza que ella conlleva.-
- Por encontrarse afectado el normal ejercicio de la Abogacía.-
- Por encontrarse perjudicado el cumplimiento de la obligación moral y profesional del Abogado, de interiorizar a su cliente sobre las posibilidades y riesgos que pasaría a asumir en el proceso.-
- Por encontrarse obligado el Abogado a demostrarle a su cliente, que actuó con la eficiencia, prudencia e idoneidad, requeridas por las circunstancias del caso, viendo perjudicada su imagen.-
- Por resultar una obligación para el
profesional conforme a las disposiciones del Código de Ética.-
Espero que el presente,
haya sido de su interés,
Atentamente,
Jorge Verón Schenone
E-Mail: veron.schenone@gmail.com
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Fecha de publicación
27/03/2009
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